La carta de derechos y deberes del paciente en Colombia es el documento que reúne las garantías y responsabilidades de toda persona al recibir servicios de salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Esta guía, elaborada de forma independiente, no pertenece a ninguna EPS ni entidad gubernamental; su objetivo es que conozcas qué puedes exigir y qué te corresponde cumplir como paciente, con base en la Ley 1751 de 2015.
En los siguientes párrafos encontrarás una explicación clara de los derechos y deberes, una tabla comparativa, y los pasos prácticos para hacer valer tus garantías cuando sientas que no se respetan. Si necesitas más detalles sobre un trámite específico, siempre es buena idea consultar la página de tu EPS, la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) o el Ministerio de Salud y Protección Social.
Qué es la carta de derechos y deberes
La carta de derechos y deberes es un resumen de lo que establece la ley estatutaria de salud en Colombia, es decir, la Ley 1751 de 2015. Esta ley define la salud como un derecho fundamental y obliga a las entidades del sistema (EPS, IPS, aseguradoras) a garantizar una serie de prestaciones y a los pacientes a cumplir ciertos compromisos para que la atención sea eficiente.
Desde la afiliación al sistema, tu EPS debe entregarte una copia de esta carta. Por lo general, la encuentras también en las salas de espera de clínicas y hospitales, o la puedes solicitar directamente en el área de atención al usuario. No es un documento exclusivo de una institución: es una guía común que todas las entidades deben respetar, así que su contenido no debería variar de forma esencial entre una EPS y otra.
La idea de esta carta es equilibrar la relación entre el paciente y el sistema de salud: por un lado, reconocer que tienes derecho a recibir atención oportuna, información y trato digno; por el otro, recordarte que tu participación activa y el uso responsable de los servicios hacen parte del buen funcionamiento del sistema.
Tus derechos como paciente
La Ley 1751 de 2015 reconoce una serie de derechos que puedes exigir en cualquier institución de salud. Aunque la lista completa es larga, estos son los que más aplican en la práctica diaria:
- Información clara, completa y oportuna sobre tu estado de salud, diagnóstico, tratamiento y riesgos, en un lenguaje que puedas entender.
- Libre elección de profesional y de IPS dentro de tu red de prestadores, siempre que la EPS tenga convenio con esa entidad.
- Atención de urgencias en cualquier institución del país, sin que te pidan autorización previa ni puedas ser remitido antes de ser estabilizado.
- Segunda opinión médica para casos de diagnósticos o tratamientos de alta complejidad, si así lo deseas.
- Confidencialidad de tus datos personales y de tu historia clínica: nadie puede divulgar tu información sin tu autorización, salvo las excepciones legales.
- Acceso a tu historia clínica – puedes consultarla, pedir copias y solicitar correcciones si hay errores.
- Recibir atención humanizada, respetando tu dignidad, tus creencias y tu autonomía.
- Participar en las decisiones sobre tu tratamiento, cuando tu condición clínica lo permita.
Estos derechos no son letra muerta: puedes exigirlos ante tu EPS o ante las entidades de control si consideras que no se cumplen. Para casos de urgencias, ten presente que la atención es obligatoria en cualquier clínica del país, tal como lo explica nuestra guía de atención de urgencias.
Tabla comparativa de derechos y deberes
| Derechos | Deberes |
|---|---|
| Recibir información veraz y suficiente sobre tu salud | Suministrar datos exactos sobre tu identidad, contacto y estado de salud |
| Elegir libremente al profesional dentro de tu red | Respetar las reglas de la red y los acuerdos con tu EPS |
| Ser atendido de urgencias en cualquier institución | Usar los servicios de urgencias solo cuando sea una emergencia real |
| Obtener una segunda opinión médica | Seguir las recomendaciones y tratamientos aceptados |
| Mantener la confidencialidad de tu historia clínica | Cuidar tu historia clínica y no pedir el de otras personas |
| Acceder a tu historia clínica y solicitar correcciones | Participar activamente en tu cuidado y en los programas de prevención |
Tus deberes
Así como tienes derechos, también tienes responsabilidades que contribuyen a que el sistema funcione mejor. Estos son los deberes más importantes del paciente en Colombia:
- Cuidar tu salud y la de tu comunidad. Esto implica adoptar hábitos saludables y participar en los programas de promoción y prevención que ofrece tu EPS.
- Brindar información veraz sobre tu estado de salud, antecedentes médicos, alergias y tratamientos anteriores.
- Seguir las indicaciones médicas y asistir a los controles que te programen. Si no estás de acuerdo con el tratamiento, expresa tus inquietudes, pero no abandones el proceso sin avisar.
- Utilizar los servicios de forma responsable: acude a urgencias solo en emergencias y no solicites citas que no vas a usar, para no quitarle el turno a otros pacientes.
- Tratar con respeto al personal de salud y a los otros usuarios. El maltrato no es aceptable.
- Cancelar o reprogramar con tiempo tus citas y procedimientos si no puedes asistir.
Recuerda que el incumplimiento de los deberes no te quita el derecho a la atención, pero sí puede afectar la calidad del servicio que recibes y la relación con tu EPS.
Cómo exigir tus derechos
Si sientes que una EPS, una IPS o un profesional de la salud está vulnerando tus derechos, tienes varias vías para reclamar. Te explicamos el orden más común:
- Presenta una PQRS ante tu EPS: La Petición, Queja, Reclamo o Sugerencia es el primer paso. Puedes radicarla en la oficina física, por la página web o por correo. En tu escrito explica qué derecho se incumplió y anexa las pruebas que tengas.
- Acude a la Supersalud si no recibes respuesta: La Superintendencia Nacional de Salud es el ente que vigila a las EPS. Si la EPS no responde dentro de los términos legales o la respuesta no te satisface, presenta la queja ante Supersalud.
- Considera la tutela: Si el derecho a la salud está en riesgo y la demora puede causar un daño grave, puedes interponer una acción de tutela. Es un recurso rápido, pero debe estar bien justificado y se recomienda agotar primero las instancias ordinarias.
En nuestra sección de poner una queja encuentras un paso a paso para redactar y radicar tu queja ante la EPS o Supersalud. También es importante conservar los soportes: órdenes médicas, autorizaciones, correos y cualquier comunicación con la entidad.
Para casos relacionados con el acceso a tu información, te recomendamos leer nuestra guía sobre la historia clínica y sus derechos. Y si lo que necesitas es asesoría sobre el servicio de urgencias, revisa la atención de urgencias para conocer qué puedes exigir en una emergencia.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la tutela en salud y cuándo se usa?
La acción de tutela es un mecanismo legal para proteger derechos fundamentales, como la salud, cuando se ven amenazados por una acción u omisión de una entidad. Se usa cuando hay un riesgo grave e inminente y las vías ordinarias (PQRS, quejas) no han sido suficientes o son demasiado lentas.
¿Cuánto tarda la respuesta a una PQRS ante la EPS?
Los plazos legales pueden variar según el tipo de petición. La Supersalud establece términos generales, pero si no recibes respuesta en un tiempo razonable, puedes acudir directamente a esa entidad para reportar la demora. No te quedes esperando sin actuar.
¿Puedo pedir mi historia clínica sin autorización de la EPS?
Sí. La historia clínica es tuya y tienes derecho a acceder a ella, pedir copias y solicitar correcciones. La EPS o la IPS deben garantizarte el acceso, en las condiciones que define la ley. Para más detalle, mira nuestra guía de historia clínica.
¿Qué hago si me niegan la atención de urgencias?
Ninguna institución puede negar atención de urgencias. Si te rechazan, exige un comprobante escrito del motivo y presenta una queja ante la EPS y luego ante Supersalud. La atención no depende de autorización previa, como lo explica nuestra página de urgencias.
¿Puedo cambiarme de EPS si estoy inconforme?
Sí, en general puedes trasladarte de EPS durante los períodos de afiliación establecidos por el sistema. Antes de hacerlo, revisa si tienes tratamientos en curso y si la nueva EPS tiene convenios con los profesionales que te atienden.
Fecha de revisión: 22 de octubre de 2026.