El Plan de Beneficios en Salud (PBS) es la lista de servicios, tecnologías, medicamentos, procedimientos y tratamientos que el sistema de salud colombiano garantiza a todos los afiliados al régimen contributivo y subsidiado sin costo adicional, financiado con la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Este plan reemplazó al antiguo Plan Obligatorio de Salud (POS) desde 2020, cuando entró en vigor la Resolución 244 de 2020 del Ministerio de Salud, unificando criterios y eliminando las diferencias entre los dos regímenes.
El PBS cubre desde consultas médicas generales y especializadas hasta cirugías de alta complejidad, pasando por exámenes de laboratorio, hospitalización, urgencias, programas de promoción y prevención, y medicamentos incluidos en el listado nacional. Cada servicio o tecnología que recibe un paciente debe estar autorizado previamente por su EPS y prestado por una IPS habilitada. Para conocer con exactitud qué incluye, el Ministerio de Salud publica periódicamente una actualización del PBS mediante resoluciones; la más reciente es la Resolución 2765 de 2025.
En esta guía encontrarás todo lo que necesitas saber sobre el PBS: qué cubre, qué excluye, cómo consultar si un procedimiento está cubierto y cuáles son sus límites. Si requieres un servicio no incluido, tal vez puedas acceder a él mediante el mecanismo de prescripción especial con cargo al presupuesto máximo, que gestiona tu médico tratante a través de MIPRES.
Qué es el PBS
El PBS es el conjunto de beneficios que toda EPS está obligada a garantizar a sus afiliados, sin cobros adicionales por copagos o cuotas moderadoras en todos los servicios, aunque la ley permite aplicar estos pagos compartidos en algunos casos específicos. Nace de la necesidad de actualizar y simplificar el POS, que durante años tuvo dos versiones (contributivo y subsidiado) y generaba confusiones.
La principal diferencia con el antiguo sistema es que el PBS unifica los servicios para ambos regímenes y se actualiza cada dos años con base en la evidencia científica, las necesidades de la población y la sostenibilidad financiera. Además, incorpora tecnologías como medicamentos biológicos, procedimientos mínimamente invasivos y terapias de salud mental que antes requerían autorización por fuera del plan.
El PBS no incluye todo lo que existe en medicina: hay servicios y tecnologías que no están financiados con la UPC, como algunos tratamientos experimentales, cirugías estéticas sin indicación médica o medicamentos de alto costo con alternativas equivalentes. Para esos casos existe el mecanismo de presupuestos máximos o la tutela.
Qué incluye
El PBS cubre una amplia gama de servicios organizados por categorías. A continuación, los principales grupos con algunos ejemplos representativos:
| Categoría | Ejemplos de servicios cubiertos |
|---|---|
| Atención primaria | Consulta médica general, enfermería, odontología básica, programas de promoción y prevención (vacunación, control prenatal, planificación familiar). |
| Atención especializada | Consulta con especialistas (cardiología, neurología, endocrinología), cirugías programadas, exámenes diagnósticos (ecografías, tomografías, resonancias). |
| Hospitalización y urgencias | Internación en cualquier nivel, cirugía de urgencia, cuidados intensivos, atención prehospitalaria y traslado en ambulancia. |
| Medicamentos | Todos los incluidos en el Listado Nacional de Medicamentos Esenciales (LNE), según la dosis y presentación autorizada. |
| Salud mental | Consultas con psiquiatra y psicólogo, terapias grupales, hospitalización parcial, programas de rehabilitación psicosocial. |
| Rehabilitación | Fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, dispositivos médicos básicos (muletas, sillas de ruedas estándar). |
| Maternidad y pediatría | Control prenatal, parto, atención al recién nacido, lactancia, estimulación temprana, vacunas del esquema nacional. |
Para acceder a estos servicios debes solicitar una autorización médica con tu EPS, quien verificará si el procedimiento o medicamento está cubierto. La mayoría de las EPS permiten solicitarla por canales virtuales o presenciales.
Además, el PBS incluye programas de gestión del riesgo para enfermedades crónicas como diabetes, hipertensión y VIH, con controles periódicos, entrega de medicamentos y seguimiento por parte de la IPS asignada.
Qué no incluye
El PBS tiene exclusiones expresas definidas por el Ministerio de Salud. Entre las más comunes están:
- Cirugías estéticas o procedimientos con fines meramente cosméticos sin indicación médica correctiva o reconstructiva.
- Tratamientos experimentales, fármacos o dispositivos que no cuenten con registro Invima o no estén aprobados en el país.
- Medicamentos que tengan un equivalente terapéutico dentro del PBS (la EPS puede ofrecer la alternativa cubierta).
- Atención en el exterior, salvo casos excepcionales autorizados por el Ministerio.
- Servicios prestados por fuera de la red de la EPS sin autorización previa.
- Productos y tecnologías que superen el valor máximo de reconocimiento fijado por el Ministerio (por ejemplo, algunos medicamentos biológicos de alto costo).
- Procedimientos relacionados con deportes de alto riesgo o actividades peligrosas cuando no son urgentes.
Si tu médico considera que necesitas un servicio excluido, debe prescribirlo a través del sistema MIPRES, que evalúa si se puede financiar con presupuestos máximos. En caso de negativa, puedes presentar una tutela para que un juez decida si el servicio es necesario.
Cómo saber si algo está cubierto
La herramienta dispuesta por el Ministerio de Salud para verificar la cobertura es el buscador del PBS que publica en su sitio web (www.minsalud.gov.co). Allí puedes consultar por nombre del servicio, código CUPS o principio activo del medicamento. También puedes llamar a la línea de atención de tu EPS o acudir a la IPS asignada.
Otra opción es revisar la resolución anual que actualiza el PBS (la más reciente es la Resolución 2765 de 2025, publicada en diciembre de 2025). En sus anexos técnicos se listan todos los servicios y tecnologías financiados con la UPC, incluyendo los códigos CUPS, los principios activos de medicamentos y los criterios de uso. Si tienes dudas sobre un procedimiento específico, consulta con tu médico tratante, quien puede orientarte basado en la guía de práctica clínica correspondiente.
Recuerda que para recibir un servicio cubierto debes contar con la autorización médica previa, excepto en urgencias vitales donde la EPS está obligada a cubrir la atención inmediata y luego validar la cobertura.
Límites
El PBS no es un cheque en blanco: tiene topes en algunos servicios, como el número de sesiones de terapia física o psicológica cubiertas al año (por ejemplo, hasta 40 sesiones de psicología, salvo condiciones crónicas), o el valor máximo que se reconoce por ciertos medicamentos. Estos límites se actualizan periódicamente con base en estudios de costo-efectividad.
Otro límite importante es que el PBS no financia tecnologías que aún no han sido evaluadas por el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS). Si un nuevo medicamento o procedimiento no tiene estudios suficientes, queda temporalmente fuera hasta que se incluya en una futura resolución. Por eso, cada dos años hay una actualización que puede añadir o retirar servicios.
Además, la EPS puede negar la prestación si el servicio solicitado no corresponde al perfil del paciente (por ejemplo, solicitar un examen de alta complejidad sin indicación médica sólida). En esos casos, el usuario puede apelar ante la Superintendencia Nacional de Salud o acudir a una tutela. Este proceso puede ser largo, pero es un derecho.
Si enfrentas una negativa injustificada, puedes presentar una queja formal ante la EPS y, si no hay respuesta, ante la Supersalud. Para facilitar el trámite, te recomendamos seguir el paso a paso de reclamar medicamentos si el servicio negado es un fármaco.
Finalmente, ten en cuenta que el PBS cubre los servicios prestados exclusivamente en la red de la EPS. Si decides atenderte en una IPS fuera de la red sin autorización, tendrás que asumir el costo. Siempre verifica que la IPS esté habilitada y cuente con contrato vigente con tu EPS. Para más detalles, consulta la sección de servicios de una IPS.
Preguntas frecuentes
¿El PBS cubre todos los medicamentos?
No, solo los incluidos en el Listado Nacional de Medicamentos Esenciales. Si tu médico prescribe uno que no está, debe solicitar la cobertura por presupuesto máximo a través de MIPRES. Si la EPS lo niega, puedes interponer una tutela.
¿Puedo pedir un segundo examen médico si no estoy conforme?
Sí, siempre que esté justificado clínicamente. El PBS cubre una segunda opinión especializada si tu médico tratante la solicita. No hay un número máximo fijo, pero debe haber razones médicas.
¿El PBS incluye tratamientos de fertilidad?
Incluye algunos procedimientos básicos como diagnóstico y tratamiento hormonal, pero no técnicas de reproducción asistida de alta complejidad (FIV, ICSI) a menos que sean indicadas por una condición médica específica y estén dentro de los criterios del PBS. Consulta la resolución vigente para más detalles.
¿Qué hago si mi EPS me niega un servicio que según yo está cubierto?
Primero, solicita por escrito la negativa con los motivos. Luego, presenta una queja ante la EPS. Si en 15 días no hay respuesta, acude a la Superintendencia Nacional de Salud a través de su línea 018000 513 700 o en su página web. También puedes iniciar una tutela.
¿El PBS cubre la atención odontológica?
Sí, incluye odontología básica: consulta, limpieza, extracciones, obturaciones (calzas), endodoncia y cirugía oral menor. No cubre prótesis dentales, implantes ni ortodoncia estética, a menos que sean por razones médicas (por ejemplo, malformaciones).
¿Cada cuánto se actualiza el PBS?
Según la normativa, cada dos años, aunque el Ministerio puede hacer ajustes parciales mediante resoluciones si es necesario. La última actualización completa fue la Resolución 2765 de 2025, que rige desde enero de 2026.
Fecha de revisión: marzo 2025. Esta guía es informativa y no reemplaza la consulta con tu EPS o con el Ministerio de Salud. Para casos particulares, acude a las fuentes del sistema de salud (Minsalud, Supersalud, ADRES).