Si eres empleado activo o pensionado de Empresas Públicas de Medellín (EPM) y necesitas gestionar una autorización médica, solicitar una cita, afiliar a un beneficiario o resolver cualquier trámite de salud, esta guía recoge todo lo que debes saber sobre el Servicio Médico EPM – Entidad Adaptada de Salud EAS016, el modelo de aseguramiento propio de EPM que opera en el régimen contributivo bajo la supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud de Colombia.
Qué es el Servicio Médico EPM y cómo funciona como EAS
El Servicio Médico EPM no es una EPS convencional: es una Entidad Adaptada de Salud (EAS), una figura jurídica especial del sistema colombiano que permite a grandes empresas del Estado administrar directamente el aseguramiento en salud de sus trabajadores. Su código oficial ante el Ministerio de Salud es EAS016, aparece en el listado oficial de entidades del régimen contributivo de Colombia y es supervisada por la Superintendencia Nacional de Salud.
A diferencia de las EPS tradicionales que están abiertas a cualquier cotizante, la EAS016 de EPM cubre exclusivamente a los trabajadores activos, pensionados y sus grupos familiares. Su modelo de atención está basado en la estrategia de atención primaria en salud, con un enfoque integral que combina medicina general, especialidades, odontología, laboratorio y hospitalización a través de una red de clínicas y hospitales privados y Empresas Sociales del Estado en Antioquia.
EAS016 – Entidad Adaptada de Salud. Figura reconocida por el Ministerio de Salud y Protección Social dentro del listado oficial de entidades del régimen contributivo.
Medellín concentra el 60 % de los afiliados; Envigado el 9,9 % y Bello el 7,7 %. El 89,4 % reside en el área metropolitana de Medellín.
Calle 78B n.° 69-240, primer piso, dentro del Hospital Pablo Tobón Uribe, Medellín. Teléfono general: (604) 380 72 00.
Cuatro centros médicos ubicados en las centrales hidroeléctricas de Guatapé, Playas, Guadalupe y Porce II, para atención del personal desplazado.
Quiénes pueden afiliarse al Servicio Médico EPM EAS016
La afiliación al Servicio Médico EPM en el régimen contributivo está reservada a quienes tengan un vínculo laboral vigente o una pensión reconocida por EPM. A partir del cotizante, la cobertura se extiende al grupo familiar conforme a los parámetros que establece la normativa colombiana de seguridad social en salud.
Cotizantes con derecho a afiliación
- Trabajadores activos de EPM con contrato laboral vigente.
- Pensionados de EPM que reciban su mesada pensional de la empresa.
- Personal vinculado a las empresas del grupo EPM que tenga convenio activo con la EAS.
Beneficiarios del grupo familiar básico
- Cónyuge o compañero(a) permanente del cotizante (independientemente del sexo). La afiliación de compañero(a) permanente se permite únicamente por una sola vez.
- Hijos e hijastros menores de 18 años que hagan parte del núcleo familiar y dependan económicamente del cotizante, incluyendo adoptivos.
- Hijos e hijastros entre 18 y 25 años que sean estudiantes universitarios y dependan económicamente del afiliado.
- Hijos de cualquier edad con incapacidad permanente y dependencia económica del cotizante.
- Padres del cotizante que no sean pensionados y dependan económicamente de él, a falta de cónyuge e hijos con derecho.
Beneficiarios adicionales (con pago de UPC adicional)
El cotizante puede incluir beneficiarios fuera del grupo familiar básico siempre que dependan económicamente de él y tengan parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, bisabuelos, tíos y sobrinos). Por cada beneficiario adicional, el cotizante debe asumir el pago de la UPC adicional establecida anualmente por el Ministerio de Salud mediante resolución.
Documentos necesarios para afiliar beneficiarios al Servicio Médico EPM
Cónyuge:
- Registro civil o partida de matrimonio
- Copia del documento de identidad del cotizante y del beneficiario
- Certificado de retiro de la EPS anterior
- Copia de la carta de desvinculación de la empresa donde trabajaba
Hijos y otros beneficiarios:
- Registro civil de nacimiento
- Certificado de estudios (para mayores de 18 años)
- Documento de identidad vigente
- Para padres o hermanos discapacitados: carta radicada solicitando la afiliación
Cómo tramitar la afiliación o un retiro en la EAS016
Para gestionar altas, bajas o modificaciones en el grupo familiar, el cotizante debe comunicarse con el Área de Afiliaciones del Servicio Médico EPM. El proceso no se realiza de manera autónoma online: el afiliado contacta el área, recibe las instrucciones personalizadas y entrega la documentación correspondiente según el tipo de novedad.
- Llama al teléfono de afiliaciones: (604) 380 72 72.
- O bien envía un correo al buzón [email protected] describiendo el trámite que necesitas.
- El equipo de afiliaciones te proporcionará las instrucciones detalladas, los requisitos específicos y los pasos a seguir según el caso.
- Entrega la documentación requerida y espera la confirmación de la novedad en el sistema de seguridad social.
Cómo solicitar citas médicas en el Servicio Médico EPM
Las citas con médico general, especialistas, odontología, optometría y otros servicios de la IPS principal del Servicio Médico EPM se gestionan a través de los canales habilitados para este fin. La EAS opera con un modelo escalonado en el que el médico general es la puerta de entrada al sistema y el punto de referencia para acceder a especialidades.
(604) 380 72 00
Lun–Vie 7:30 a.m. – 4:30 p.m.
Jornada continua
[email protected]
Para IPS externas y urgencias fuera de red
Calle 78B n.° 69-240
Primer piso, Hospital Pablo Tobón Uribe, Medellín
Espera máxima para citas con especialista
Si la asignación de una cita con médico especialista supera los 30 días desde el momento de la solicitud, el afiliado debe notificarlo de inmediato a la auditoría del Servicio Médico EPM a través del correo habilitado para este fin. Esta obligación de reporte garantiza que la entidad gestione la atención dentro de los plazos que establece la normativa del Ministerio de Salud y Protección Social.
Tipos de consulta disponibles en la IPS principal
| Tipo de consulta | Descripción | Requiere remisión previa |
|---|---|---|
| Consulta Médica General | Atención de enfermedades de baja complejidad resolubles por el médico general. Puerta de entrada al sistema. | No |
| Odontología General | Atención en consulta externa; urgencias odontológicas en sede Lun–Vie 7–18 h y sáb hasta las 12:00 h. | No |
| Optometría | Valoración visual y fórmula óptica dentro de la sede principal. | No |
| Consulta con Especialista | El paciente debe ser remitido por médico u odontólogo general. Se presta a través de la red externa con autorización del Servicio Médico EPM. | Sí (remisión del médico tratante) |
| Urgencias | Atención inmediata en cualquier IPS de la red de prestadores. Para municipios sin convenio, la IPS llama al (604) 380 72 22 o escribe a [email protected] | No |
Proceso de autorizaciones médicas en el Servicio Médico EPM
Las autorizaciones son el mecanismo por el que el Servicio Médico EPM aprueba formalmente la prestación de servicios de segundo y tercer nivel, procedimientos quirúrgicos, ayudas diagnósticas y medicamentos formulados por especialistas externos. El flujo de autorización involucra a la IPS de atención, la auditoría médica interna y el afiliado.
Cómo funciona el proceso de autorizaciones paso a paso
- Consulta inicial: el afiliado solicita cita con médico general, odontología u optometría en la IPS principal del Servicio Médico EPM.
- Remisión al especialista: si el médico general considera que el caso requiere un especialista, emite la remisión correspondiente.
- Solicitud de autorización: la IPS externa donde se atenderá el especialista envía los soportes clínicos y la solicitud de servicios al correo [email protected].
- Auditoría médica: el equipo de auditoría del Servicio Médico EPM evalúa la solicitud y determina si se aprueba, se devuelve con observaciones o se niega.
- Emisión de la autorización: si es aprobada, se genera la orden y se envía directamente al correo de la IPS; además, el afiliado recibe notificación con la información del servicio autorizado.
- Prestación del servicio: la IPS asigna la cita, contacta al usuario y se ejecuta la atención con la autorización en firme.
Cuando el especialista prescribe medicamentos, ayudas diagnósticas o interconsultas con otro especialista, el afiliado no puede gestionar directamente la autorización: debe solicitarla a través de la auditoría médica del Servicio Médico EPM, presentando la documentación que le haya entregado el especialista tras la consulta.
Autorizaciones de urgencias fuera de la red de EPM
Si un afiliado requiere atención de urgencias en un municipio o departamento donde el Servicio Médico EPM no tiene convenios establecidos, la IPS que presta la atención debe comunicarse directamente con la entidad para validar los derechos del usuario y recibir la autorización. Los canales son el audio respuesta telefónico (604) 380 72 22 y el correo electrónico [email protected]. El afiliado no necesita gestionar esto por su cuenta; la responsabilidad de contactar a la EAS016 recae en el prestador.
«El Servicio Médico EPM garantiza la atención en urgencias en cualquier IPS del territorio colombiano. La entidad valida los derechos del afiliado en tiempo real y emite la autorización directamente al prestador.»
— Área Servicio Médico EPM (EAS016)
Red de prestadores del Servicio Médico EPM
El Servicio Médico EPM garantiza el acceso a todos los niveles de atención a través de una red de acuerdos con clínicas y hospitales privados de alta complejidad, así como con Empresas Sociales del Estado en Antioquia. La sede principal se encuentra operando dentro del Hospital Pablo Tobón Uribe en Medellín, uno de los centros hospitalarios más reconocidos del país.
Urgencias odontológicas fuera del horario habitual
Cuando las urgencias odontológicas se presentan fuera del horario de la sede principal (Lun–Vie hasta las 6:00 p.m. y sáb hasta las 12:00 h), la atención se deriva a la Clínica CES, ubicada en la Calle 58, 50C-2, Prado Centro, Medellín. El afiliado debe presentar su documento de identidad vigente para que la clínica verifique sus derechos en el sistema de audio respuesta de la EAS016.
Atención en municipios y departamentos fuera del área metropolitana
El Servicio Médico EPM tiene cobertura en todo el territorio colombiano para urgencias. El 0,04 % de los afiliados se encuentra en otros departamentos distintos al área metropolitana de Medellín, y todos ellos tienen garantizado el acceso a urgencias en cualquier IPS del país. Para atención programada fuera del área metropolitana, la EAS coordina la autorización con los prestadores que tengan convenio activo o gestiona la autorización puntual conforme a las necesidades del caso.
Cuotas moderadoras, copagos y cotizaciones en la EAS016
Como parte del régimen contributivo, los afiliados al Servicio Médico EPM están sujetos al pago de cuotas moderadoras y copagos cuando acceden a los servicios de salud. El Servicio Médico EPM ha migrado gradualmente hacia un modelo de pago inmediato de la cuota moderadora en el momento de la prestación del servicio, en cumplimiento de la normativa vigente que busca evitar la acumulación de cartera y garantizar una gestión financiera más eficiente.
Valores vigentes de copagos para 2026
| Nivel de ingresos | Porcentaje de copago | Tope máximo por evento |
|---|---|---|
| Ingresos menores de 2 SMLMV | 11,5 % del valor del servicio | $373.715 |
| Ingresos entre 2 y 5 SMLMV | 17,3 % del valor del servicio | $561.000 aprox. |
| Ingresos superiores a 5 SMLMV | 23 % del valor del servicio | $748.000 aprox. |
Los copagos y cuotas moderadoras son un instrumento de corresponsabilidad del sistema de salud colombiano. El pago oportuno de las cotizaciones, copagos y demás aportes forma parte de los deberes del afiliado y garantiza el acceso sin restricciones a todos los beneficios del Plan de Beneficios en Salud (PBS) que administra la EAS016.
Canales y líneas de atención del Servicio Médico EPM
| Canal | Contacto / Acceso | Disponibilidad | Uso principal |
|---|---|---|---|
| Teléfono general | (604) 380 72 00 | Lun–Vie 7:30–16:30 | Citas, información general, atención al usuario |
| Audio respuesta urgencias | (604) 380 72 22 | 24 horas | Verificación de derechos y autorización en urgencias (uso para IPS externas) |
| Correo órdenes | [email protected] | Horario hábil | Solicitudes de autorización de IPS externas, envío de soportes |
| Correo afiliaciones | [email protected] | Horario hábil | Afiliaciones, retiros, novedades del grupo familiar |
| Teléfono afiliaciones | (604) 380 72 72 | Horario hábil | Consultas sobre afiliación, retiros, novedades |
| Sede presencial | Calle 78B n.° 69-240, p. 1, Hospital Pablo Tobón Uribe, Medellín | Lun–Vie 7:30–16:30 | Atención integral, citas, autorizaciones, trámites presenciales |
Derechos y deberes del afiliado al Servicio Médico EPM
El Servicio Médico EPM publica su Carta de Derechos y Deberes del Afiliado de conformidad con la normativa colombiana. Conocer estos derechos es fundamental para exigir una atención de calidad, y cumplir los deberes garantiza el correcto funcionamiento del sistema para todos los afiliados.
Principales derechos del afiliado
- Recibir atención en salud de forma oportuna, continua y de calidad dentro del Plan de Beneficios en Salud.
- Ser informado sobre su diagnóstico, pronóstico y opciones de tratamiento disponibles.
- Elegir libremente dentro de la red de prestadores habilitada por el Servicio Médico EPM.
- Acceder sin restricciones a los servicios de urgencias en cualquier IPS del territorio nacional.
- Recibir respuesta motivada y por escrito ante la negación de un servicio de salud.
- Presentar peticiones, quejas y reclamos sin que esto genere represalia alguna en su atención.
- Conocer los indicadores de oportunidad en asignación de citas y traslados, publicados trimestralmente por la entidad conforme a la Resolución 1552 de 2013 del Ministerio de Salud.
Principales deberes del afiliado
- Pagar de forma oportuna las cotizaciones, cuotas moderadoras y copagos que correspondan.
- Suministrar información veraz y completa sobre su estado de salud y el de sus beneficiarios.
- Usar con responsabilidad los servicios de salud, evitando el abuso o mal uso de los recursos del sistema.
- Presentar el documento de identidad vigente en cada consulta o atención para la verificación de derechos.
- Cumplir las indicaciones médicas y los tratamientos prescritos por los profesionales de la red.
- Notificar al Área de Afiliaciones cualquier novedad en el grupo familiar (nacimientos, matrimonios, separaciones, cambios de situación económica de beneficiarios).
Informes de gestión y transparencia de la EAS016
En cumplimiento de los estándares de transparencia del sistema de salud colombiano y de la normativa aplicable a las entidades públicas, el Servicio Médico EPM publica de manera periódica sus resultados de gestión. Estos informes incluyen:
Publicación trimestral de indicadores de gestión y oportunidad en asignación de citas y traslados, conforme a la Resolución 1552 de 2013 del Ministerio de Salud.
Notas a los estados financieros de la EAS016, disponibles en la web oficial de EPM, con detalle de la UPC, presupuesto máximo y manejo de recursos de salud.
Documento técnico con la distribución geográfica de afiliados, estructura de la red de prestadores y estrategia de atención primaria en salud vigente.
Preguntas frecuentes sobre el Servicio Médico EPM EAS016
¿El Servicio Médico EPM cubre a personas que no son empleadas de EPM?
No. La EAS016 de EPM es una entidad de aseguramiento exclusiva para trabajadores activos, pensionados y sus grupos familiares. Las personas que no tienen ningún vínculo laboral ni pensional con EPM o con una empresa del grupo EPM no pueden afiliarse a esta entidad y deben buscar una EPS del régimen contributivo abierta a cualquier cotizante, como Sura, Sanitas, Nueva EPS, Compensar o similares.
¿Qué pasa si necesito atención médica de urgencias en otra ciudad?
El Servicio Médico EPM garantiza cobertura para urgencias en todo el territorio colombiano. Si necesitas atención de urgencias fuera del área metropolitana de Medellín, acude a cualquier IPS disponible y solicita que el personal del centro de salud se comunique con el Servicio Médico EPM a través del audio respuesta (604) 380 72 22 o del correo [email protected] para validar tu derecho y tramitar la autorización. La entidad no cubre servicios fuera del territorio colombiano.
¿Cómo tramitar la afiliación de un recién nacido en el Servicio Médico EPM?
El recién nacido debe ser afiliado dentro de los plazos que establece la normativa colombiana. Para ello, el cotizante debe comunicarse con el área de afiliaciones al teléfono (604) 380 72 72 o al correo [email protected] y presentar el certificado de nacido vivo o el registro civil de nacimiento tan pronto como esté disponible. El equipo de afiliaciones indicará los pasos y documentos adicionales necesarios para completar el trámite.
¿Qué ocurre si el especialista prescribe un medicamento o procedimiento no cubierto?
Si el especialista prescribe una tecnología en salud que no está incluida en el Plan de Beneficios en Salud (PBS), el afiliado puede solicitar su cobertura a través del mecanismo de Servicios No Cubiertos por el Plan de Beneficios (SNCPBS). La auditoría médica de la EAS016 evaluará la solicitud con base en la justificación clínica aportada. En caso de negativa y si el servicio es imprescindible para preservar la vida, el afiliado puede acudir a la Superintendencia Nacional de Salud o interponer una acción de tutela.
¿Cómo puedo presentar una queja o reclamo contra el Servicio Médico EPM?
Los afiliados pueden presentar sus Peticiones, Quejas, Reclamos y Solicitudes (PQRS) directamente ante el Servicio Médico EPM a través de los canales de atención habituales: teléfono general, correo electrónico o de manera presencial en la sede de la Calle 78B. Si la respuesta de la entidad no es satisfactoria, el afiliado puede elevar la queja ante la Superintendencia Nacional de Salud a través del portal www.supersalud.gov.co o mediante la línea de atención nacional de dicha entidad.
¿El Servicio Médico EPM tiene app o portal de autogestión digital?
El Servicio Médico EPM gestiona la mayoría de sus trámites a través de los canales telefónico y de correo electrónico. Para consultas digitales, los afiliados pueden acceder a la sección «Gente EPM – Unidad Servicio Médico» dentro del portal corporativo de EPM (www.epm.com.co), donde encuentran información actualizada sobre servicios, red de prestadores, indicadores de gestión, flujogramas de autorizaciones e informes financieros de la EAS016.